Posibilidad de suprimir complementos salariales cuando se supera un nivel de absentismo

¿Puede una empresa condicionar el cobro de complementos en función del nivel de absentismo de los trabajadores?

Cuando se elabora un plan de incentivos empresarial, con el objetivo de reducir el absentismo, la empresa puede condicionar la percepción de un incentivo cuando se superen determinados porcentajes de absentismo.

Es la principal conclusión de la Audiencia Nacional, según la sentencia STA AN 08-06-2016. Sin embargo, la Audiencia establece unos límites en relación con la posibilidad de limitar complementos retributivos en el supuesto de permisos retribuidos disfrutados por los trabajadores, para garantizar que no se vulneran sus derechos. En concreto:

  • No se considera ajustado a derecho que la empresa condicione la percepción de complementos en sus planes de incentivos al disfrute de permisos retribuidos reconocidos por norma legal o convenio colectivo. Sería el caso del permiso por cuidado de familiares, o los permisos por vacaciones, el crédito sindical o el permiso de maternidad.
  • La AN considera que el disfrute de estos derechos debe ser ejercido por los trabajadores con plena libertad, si concurren los supuestos establecidos, no pudiendo sufrir una penalización económica por ejercerlos.
  • Además, la Audiencia Nacional señala que limitar o condicionar el cobro de complementos al ejercicio de estos derechos podría suponer una discriminación indirecta por razón de género cuando los mismos son mayoritariamente utilizados por personas de un sexo en particular (en este caso mujeres).
  • Tampoco es posible condicionar complementos salariales a personas que hayan sido amonestados o sancionados, ya que la sanción es de por sí la consecuencia legalmente establecida de la conducta sancionable, sin que sea posible adicionar a dicha sanción una multa, lo que está expresamente prohibido.

Absentismo laboral

Sin embargo, como hemos comentado, sí se considera razonable que el plan de incentivos empresarial promueva medidas para reducir el absentismo, por lo que el incentivo puede suprimirse cuando el porcentaje de absentismo es significativo. Es también ajustado a derecho establecer escalas de cobro del complemento retributivo en función del nivel de absentismo. En concreto, en el caso de autos, los trabajadores cobraban el 85% del complemento cuando su nivel de absentismo se situaba entre el 5% y el 8%, y no cobraban ningún porcentaje si se superaba el 8% de absentismo.

En conclusión, se pueden limitar los complementos cuando se superan determinados niveles de absentismo, pero no utilizar los complementos para limitar el ejercicio legítimo de los trabajadores de los permisos retribuidos.

 

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