Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2017

Direcciones generales del Plan Estatal de Control Tributario y Aduanero de 2017

 

Recientemente se ha publicado en e l BOE la Resolución de 19 de enero de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2017.

Estas directrices generales marcan las líneas concretas de actuación en materia de prevención y control del fraude que la Administración Tributaria considera más relevantes.

Para el año 2017 la Agencia Tributaria centrará la atención en las siguientes tipologías de fraude:

 

  1. Economía sumergida. Todas las actividades que son deliberadamente ocultadas a las autoridades de forma total o parcial, con el fin de eludir el pago de impuestos. Se combatirá especialmente el incumplimiento en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
  2. Investigación patrimonial de personas físicas: ocultación de patrimonios en el exterior, desviación de rentas a cuentas ubicadas en jurisdicciones no colaborativas, o titularidad de sociedades interpuestas ubicadas en dichas jurisdicciones.
  3. Prácticas de elusión fiscal de multinacionales y empresas con actividad transfronteriza.
  4. Economía digital y nuevos modelos de negocio; en concreto, la investigación y obtención de información relacionada con los nuevos modelos de actividad económica constituye un prioridad para la Agencia Tributaria.
  5. Otros ámbitos de actuación: prestaciones de servicios profesionales, IVA, actuaciones de control sobre grupos fiscales, actuaciones relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades, etc.
  6. Control de productos objeto de impuestos especiales, con objeto de detectar las posibles ventas no declaradas de los mismos y la consiguiente defraudación (tanto del IVA, como de los propios Impuestos Especiales así como de los impuestos directos correspondientes a los beneficios obtenidos –Impuesto sobre Sociedades-).
  7. Control de Impuestos medioambientales, en concreto :
    1. El Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, donde se aumentará el control de operaciones no sujetas, la correcta inscripción de personas o entidades que adquieren productos incluidos en el ámbito objetivo del impuesto, la recepción y expedición exenta de gases fluorados así como determinadas adquisiciones intracomunitarias realizadas por revendedores)
    2. El Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica, donde se verificará la presentación del modelo de declaración durante los 20 primeros días naturales del mes de diciembre de 2016.
    3. El Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos, donde se comprobará el cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas.

 

  1. Control aduanero, con la consolidación de la Ventanilla Única Aduanera, anticipando el control y reduciendo los costes del despacho de mercancías, al llevarse a cabo los controles e inspecciones sobre las mercancías en un único lugar.
  1. Prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales.

 

En cada uno de estos ámbitos se establecen prioridades y líneas de actuación concretas. Así, por ejemplo, en el ámbito del control de la economía sumergida, una de las medidas planteadas es el refuerzo en el análisis del software comercial que posibilite la ocultación de ventas (programas contables que permiten la llevanza de contabilidades paralelas ocultas a la Administración Tributaria). O en el ámbito del IVA, se potenciará la presencia de la Administración Tributaria en aquellas actividades económicas que al desarrollarse con consumidores finales se aprecia riesgo de incumplimiento de las obligaciones tributarias al no procederse a la repercusión del impuesto.

 

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