Circular 50 – SÍNTESIS – PROGRAMA DE ESTÍMULO A LA CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO EN ANDALUCÍA

  1. OBJETO
    Estas subvenciones tendrán por objeto financiar los costes derivados de las cuotas de
    cotización a la Seguridad Social
    que corresponde abonar a las personas trabajadoras
    autónomas o trabajadoras por cuenta propia agrarias, facilitando el pago de las mismas,
    para contribuir, de esta forma, al fomento y consolidación del trabajo autónomo.

2. PLAZO SOLICITUD

El plazo de solicitud comienza el 04 de octubre de 2021 y finaliza el 30 de septiembre de 2022, o hasta agotar fondos.

*3 meses desde la fecha de alta como autónomo.

3. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

Beneficiarios

a)  Personas trabajadoras autónomas / trabajadores por cuenta propia.

b)  Mujeres trabajadoras autónomas que residan y desarrollen su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes.

c)  Personas trabajadoras autónomas menores de 30 años.

d)  Mujeres autónomas que han cesado su actividad por nacimiento de hijos, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela.

Requisitos

Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:

a)  Estar dado de alta como autónomo.

b)  Que, durante el primer año de alta, se disfrute de una tarifa reducida según características personales de cada caso.

4. GASTOS SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables las cuotas de cotización a la Seguridad Social que sean objeto de abono, durante el período de tiempo establecido.

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