Circular 51 – MUY IMPORTANTE – URGENTE. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS PERSONAS JURÍDICAS Y AUTÓNOMOS
Nos vemos obligados a recordar e informar, ante las situaciones que nos estamos encontrando, en la que el contribuyente no ha descargado una notificación recibida por la administración pública y no tiene conocimiento de la misma hasta que se produce el procedimiento de apremio. El Procedimiento de apremio, es aquel, a través del cual la